VERONICA MALAMBO VISBAL
Publicado: 28/06/2025
EDICTO JUZGADO PRIMERO DE FAMILIA DEL CIRCUITO DE CARTAGENA PROCESO DE ADJUDICACION DE APOYOS RADICADO 13001 31 10 001 2016 00336 00 DEMANDANTE: DARLIN MALAMBO VISBALTITULAR DEL DERECHO: VERONICA MALAMBO VISBAL FECHA y HORA DE INICIO: 12 de mayo del año 2025, a las 02:00 P.M. RESUELVE - PRIMERO: Ordenar la adjudicación de apoyo transitorio en favor de la señora VERONICA MALAMBO VISBAL, con cedula de ciudadanía 22790687; para la realización de los actos jurídicos que a continuación se señalan: 1.- En acciones de protección, trámites administrativos y judiciales, en que requiera representación la señora VERONICA MALAMBO VISBAL en relación con trámites, diligencias, gestiones, y actuaciones ante la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares CREMIL. También para el manejo de cuentas, Transferencia, transacciones; que requiera, para el manejo de la pensión de la que es beneficiaria VERONICA MALAMBO VISBAL. 2. Para la representación, administración y adquisición de bienes y servicios; de bienes menores, que requieran de transferencias de cuentas, Traslado de recursos, pago con dinero, ya sean billetes de diversas denominaciones; Todo que sea destinado a la manutención de VERONICA MALAMBO VISBAL. 3.-En la esfera de la salud y el cuidado personal de VERONICA MALAMBO VISBAL se designa como apoyo principal, a la señora DARLIN MALAMBO VISBAL, identificada con la cédula de ciudadanía No. 45.507.102. Para trámites administrativos y judiciales relacionados con la salud, consentimientos informados, o acciones judiciales que requiera y para las diligencias, citas, obtención de medicamentos y autorización de procedimientos; será apoyo suplente la señora BEATRIZ VISBAL DE MALAMBO. 3.-También la adjudicación de apoyo se concede para el acceso a la administración de Justicia, participación ciudadana, y el ejercicio del derecho al sufragio SEGUNDO: Determinar que la persona que asistirá a la beneficiaria en cualquiera de los actos jurídicos anteriormente señalados en la señora DARLIN MALAMBO VISBAL, y solo para acompañamiento a diligencias de salud y cuidado personal, como apoyo suplente es la señora BEATRIZ VISBAL DE MALAMBO. TERCERO: Advertir a la señora DARLIN MALAMBO VISBAL en representación de VERONICA MALAMBO VISBAL tiene el deber de comunicarle por algún medio los trámites que en su nombre va a adelantar y se le explique de qué acto jurídico se trata. CUARTO: Advertir a la señora DARLIN MALAMBO VISBAL como apoyo principal, y a la señora BEATRIZ VISBAL DE MALAMBO como apoyo suplente. En lo anotado que deberán tomar posesión ante este despacho, para la cual se le remitirá el acta en formato Word y deberán expresar su aceptación y devolver en formato Word para que sea firmada por Secretaría y la titular del despacho y así hacerla valer ante las entidades pertinentes. QUINTO: Ordenar a la señora DARLIN MALAMBO VISBAL, presentar un informe anual al despacho, es decir, una evaluación de desempeño pormenorizado sobre el estado de salud de la beneficiaria y deberá rendir cuentas de su labor como persona de apoyo, expresando qué actos jurídicos ha adelantado, acreditándolo con sus pruebas en representación de VERÓNICA MALAMBO VISBAL. Para la adquisición de bienes y servicios deben venir discriminado. Cuánto es lo que recibe de pensión y a qué destina dicha pensión. Este informe de valoración de desempeño debe ser aportada anualmente Y será anexado al expediente. SEXTO: Se concede la adjudicación de apoyo por el término de cinco (05)) años de una duración; finalizado los 5 años, se debe promover nuevamente el trámite de adjudicación de apoyo, de acuerdo al artículo 18 de la Ley 1996 del año 2019. SEPTIMO: Advertir a las partes intervinientes que la terminación o modificación de los apoyos concedidos podrán solicitarse en cualquier momento; por la misma titular de los actos jurídicos o por personas distintas que haya promovido el proceso de adjudicación judicial y que demuestre un interés legítimo. OCTAVO: Ordenar que la parte resolutiva de esta sentencia se ha publicado en un diario de amplia circulación nacional NOVENO: Sin condena en costas DÉCIMO: Dar por terminado el presente proceso, ordenando el archivo definitivo del mismo, dejando las constancias de rigor. ANA ELVIRA ESCOBAR CARABALLO LA JUEZ JUNIO-28-2025