ORLANDO JAVIER ARROYO FERNANDEZ
Código de aviso: 528882
AVISO DE REMATE Radicado 13001-31-03-003-2020-00039-00 DEMANDANTE BANCO DAVIVIENDA S.A NIT. 860.034.313-7 DEMANDADO ORLANDO JAVIER ARROYO FERNANDEZ CC N° 18.880.055 MARIA ELENA ESCALANTE CORTINA CC No. 45.766.978 JUZGADO JUZGADO TERCERO CIVIL DEL CIRCUITO DE CARTAGENA FECHA DE AUTO 28 DE ABRIL DEL 2026 FECHA DE LICITACIÓN 02 DE JUNIO DEL 2026 HORA DE LICITACIÓN DIEZ DE LA MAÑANA 10:00 AM BIEN MATERIA DE REMATE INMUEBLE FMI: N° 060-282468 DIRECCIÓN: Apartamento N° 0407 Torre 2 del Conjunto Residencial Verona R.P.H. D 32 N° 80D 81 KRA antigua de TERNERA hoy Olaya Herrera de la Ciudad de Cartagena. AVALÚO El bien inmueble identificado con el FMI. 060-282468 fue avaluado en la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS MILLONES CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS PESOS MCTE ($246.187.500.00) POSTURA POSTURAS ELECTRÓNICAS PARA REMATE: La licitación comenzará a las 10:00 a.m., una vez comience, no se cerrará sino después de haber transcurrido una (1) hora. La audiencia se llevará a cabo de forma virtual, a través del aplicativo MICROSOFT TEAMS, y el link de acceso estará disponible en el micrositio del Juzgado; para ello debe contar con conexión a internet, un computador, teléfono inteligente o cualquier dispositivo electrónico capaz de ejecutar la aplicación MICROSOFT TEAMS. El expediente se encuentra digitalizado y disponible para su consulta en el micrositio del juzgado y que el link para acceder a la audiencia de remate virtual estará publicado en la página www.ramajudicial.gov.co en el micrositio de este despacho judicial. Los interesados que pretendan hacer postura en el “MÓDULO DE SUBASTA JUDICIAL VIRTUAL”, deberán manifestarlo, vía correo electrónico, a la dirección del Juzgado j03cctocgena@cendoj.ramajudicial.gov.co y deberán presentar sus ofertas de forma digital, legible y debidamente suscrita; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual. A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del C.G.P, la postura electrónica y todos sus anexos deberán constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. Si el postor es persona natural deberá indicarse su nombre completo e identificación, correo electrónico de éste o de su apoderado cuando se actúe por su intermedio y número de contacto. Si el postor es persona jurídica se deberá expresar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre y número de identificación del representante legal, cuenta de correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de éste y número de contacto, bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura, cuantía individualizada para cada bien a que se hace postura, el monto por el que se hace postura. A las posturas de remate se deberán acompañar los siguientes documentos: (i) Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. (ii) Copia del poder, documento de identidad y tarjeta profesional del apoderado, cuando se pretenda hacer postura por su intermedio (iii) Copia del depósito judicial para hacer postura, equivalente al 40% del avalúo del inmueble por el que se presenta postura, de conformidad a lo indicado en el artículo 451 del C.G.P., salvo que se trate de postor por cuenta de su crédito SECUESTRE NOMBRE: MARGARITA IRINA CASTRO PADILLA CC 22.738.064 DIRECCIÓN: BONANZA, MANZANA 10 LOTE 15 TURBACO. TELÉFONO: 3013307453 3132952443 email: margarita.abogados@outlook.com- abogadosasesores1983@outlook.com BASE DE LICITACIÓN Serán posturas admisibles las que igualan o superan el 70% del valor del avalúo dado al bien objeto del remate, de propiedad del ejecutado, además, antes de hacer postura, deberán consignar previamente en dinero, a órdenes de este Juzgado, el 40% del avalúo del bien, en la cuenta judicial del BANCO AGRARIO DE COLOMBIA. PORCENTAJE QUE DEBE CONSIGNAR PARA HACER POSTURA 40% DEL AVALÚO DEL BIEN EN LA CUENTA JUDICIAL DEL BANCO AGRARIO DE COLOMBIA. PUBLICACIONES Anúnciese el remate con el lleno de las formalidades consagradas en el artículo 450 del C.GP en el periódico El Universal de la ciudad de Cartagena. 17-05-2026
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