YOLADIS GOMEZ BLANCO
Publicado: 15/06/2025
AVISO DE REMATE ARTICULO 450 DEL CODIGO GENERAL DEL PROCESO. PROCESO EJECUTIVO HIPOTECARIO DE BANCO CAJA SOCIAL, contra ERICA PATRICIA OROZCO CORREA / JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION CIVIL MUNICIPAL DE CARTAGENA - BOLIVAR RAD: 13001-40-03-017-2021-00226-00. 1. FECHA Y HORA EN QUE SE LLEVARA LA LICITACION: Señálese el día nueve (09) de julio de 2025, a las nueve y media de la mañana (09:30 am). 2. BIENE (S) MATERIA DEL REMATE: ubicada en el conjunto residencial CANDIL R.P.H. SUPER MZ 15 CLL 32 No. 83-53 Piso 4 Torre 6 Apartamento 401 de la ciudad de Cartagena, identificado con folio de matrícula inmobiliaria número 060-326404 de la Oficina de Registro de Instrumentos públicos de Cartagena Bolívar. 1. AVALÚO DEL (LOS) BIEN (ES): $155.008.500 Base de la licitación: Se tendrá como base de postura el equivalente al SETENTA POR CIENTO (70%) del valor avaluado del bien embargado, esto es, $108.505.950, siendo postor admisible quien previamente deposite el importe que corresponda al CUARENTA POR CIENTO (40%) del valor de dicho avalúo, esto es, $62.003.400, lo anterior, conforme a lo dispuesto en el artículo 451 del Código General del Proceso; dinero que deberá consignarse mediante la constitución de un título de depósito judicial y a favor del proceso de la referencia en la cuenta de depósitos judiciales del Banco Agrario de Colombia, cuyo titular es el Centro de Servicios de los Juzgados Civiles Municipales de Ejecución de Sentencias de Cartagena. 2. NUMERO DE RADICACIÓN DEL EXPEDIENTE Y JUZGADO QUE HARÁ EL REMATE: 13001-40- 03-017-2021-00226-00. juzgado primero de ejecución civil municipal de Cartagena - Bolívar. La diligencia anteriormente programada, se celebrará de manera virtual, para lo cual, se utilizará el “MICROSOFT TEAMS” al que deberán acceder todos los interesados desde la plataforma digital de su elección (computador, celular, Tablet, etc.), y solicitar el link de acceso mediante el correo electrónico institucional del despacho j01ejecmcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co. 3. NOMBRE, DIRECCIÓN Y NÚMERO DE TELÉFONO DEL SECUESTRE QUE MOSTRARA EL (LOS) BIENE (S) OBJETO DEL REMATE: JOSE GERMAN AHUMADA AHUMADA, identificado con C.C. No. 72208929, con domicilio físico en URBANIZACIÓN VILLAS DE ARANJUEZ en la ciudad de Cartagena, Bolívar; dirección electrónica ahumadajg2012@hotmail.com y abonado telefónico 3107268210. 4. PORCENTAJE QUE DEBE CONSIGNARSE PARA HACER POSTURA: 40% del avalúo. 5. Infórmese a las partes y a los interesados en la diligencia de remate, que el Despacho ha establecido los siguientes parámetros para dar cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 451 y siguientes del Código General del Proceso, en concordancia con el artículo 7 del Decreto 806 de 2020 y la circular PCSJC21-26 del 17 de noviembre de 2021.1. Depósito para hacer postura en el remate virtual: Toda persona que pretenda hacer postura en el “Módulo de Subasta Judicial Virtual” deberá consignar en dinero, a órdenes del juzgado, y al correspondiente proceso judicial, el porcentaje que se indique del avalúo del respectivo bien objeto de remate, en la forma y en la oportunidad señalada en los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. 2. Presentación de la oferta: Las personas que pretendan hacer postura deberán tener en cuenta lo siguiente: a) Las ofertas serán reservadas y permanecerán bajo custodia del juez, en el buzón digital del despacho para lo cual se dispone el correo electrónico:j01ejecmcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co. En la celebración de la audiencia virtual será necesaria la presencia de los postores, que hubieren hecho ofertas. b) Para la postura en el remate virtual, la oferta debe remitirse de forma digital, legible, debidamente suscrita y protegida por una contraseña; la clave será suministrada por el ofertante únicamente al Juez en el desarrollo de la audiencia virtual, en la forma y oportunidad prevista en el artículo 452 del Código General del Proceso. c) El juez o el encargado de realizar la audiencia virtual de remate abrirá la oferta digital y leerá las ofertas en la oportunidad, con las formalidades y los requisitos señalados en el artículo 452 del Código General del Proceso. d) Sólo se tendrán por presentadas en debida forma las posturas electrónicas que cumplan todos los requisitos y que sean allegadas dentro de las oportunidades previstas en los artículos 451 y 452 del Código General del Proceso. 3. Contenido de la postura (artículo 451 y 452 del Código General del Proceso) Todas las posturas de remate presentadas deberán contener como mínimo la siguiente información: a) Bien o bienes individualizados por los que se pretende hacer postura. b) Cuantía individualizada por cada bien al que se hace postura. c) El monto por el que hace la postura. d) La oferta debe estar suscrita por el interesado. Si es persona natural se deberá indicar nombre completo e identificación del postor, número de teléfono y correo electrónico de éste o su apoderado cuando se actúe por intermedio de aquél. Si esa una persona jurídica deberá informar la Razón Social de la entidad, Número de Identificación Tributaria (NIT), nombre completo del representante legal, número de identificación del representante legal, número de teléfono y correo electrónico de la entidad o del apoderado judicial si se actúa a través de este. e) Copia del documento de identidad del postor si éste es persona natural, o de Certificado de Existencia y Representación Legal si el postulante es una persona jurídica, con fecha de expedición no superior a 30 días. f) Copia del poder y documento de identidad del apoderado, con la facultad expresa cuando se pretenda licitar o solicitar adjudicación en nombre de su representado. g) Copia del comprobante de depósito judicial para hacer la postura correspondiente en los términos de los previsto en el en el artículo 451 del Código General del Proceso. h) A fin de salvaguardar la reserva y seguridad que debe contener la oferta digital conforme a las formalidades exigidas por el artículo 452 del Código General del Proceso, la postura electrónica y todos sus anexos, deberá constar en un solo archivo digital, el cual estará protegido con la respectiva contraseña que le asigne el postulante. i) La oferta digital deberá remitirse única y exclusivamente, al correo designado por el despacho, esto es, j01ejecmcgena@cendoj.ramajudicial.gov.co ISBETH LILIANA RAMIREZ GOMEZJUEZ JUNIO-15-2025